viernes, 29 de mayo de 2009

MATRIMONIO HOMOSEXUAL


(Nosotros que nos amamos tanto)

Luego del impacto que provocó en la comunidad homosexual organizada los continuos ataques homofóbicos, considerando: declaraciones, campañas públicas de grupos conservadores e integristas y alevosos asesinatos en la impunidad; homosexuales, travestis y lesbianas celebraron algunos acontecimientos que alimentaron de esperazas la lucha en contra de la discriminación. El momento de mayor bullicio lo causó una noticia proveniente desde Buenos Aires, cuando el Parlamento legitimó las uniones entre homosexuales, siendo la primera ciudad de Latinoamérica que legaliza las uniones civiles de hecho para gays y lesbianas. Este acontecimiento causó, antes, durante y después, un intenso debate en torno al matrimonio gay, en distintos sectores de la sociedad, incluida la comunidad LGTB.

Las letras de la diferencia

En otra esfera, corría noviembre del año 2003 y en Santiago era presentada en la Feria Internacional del Libro, una antología de la literatura homosexual chilena, del escritor Juan Pablo Sutherland: A Corazón Abierto. Este trabajo da cuenta de la presencia lésbica y homosexual (velada y otras veces más abierta), en la literatura chilena del último siglo, y ofrece la posibilidad de acceder al tema, en alrededor de treinta autores que, a lo largo del siglo XX, han retratado fielmente los miedos y deseos de quienes han debido permanecer ocultos en nuestra sociedad. Se retratan épocas pasadas y presentes, mundos y personajes, autores conocidos o ignorados, que a fin de cuentas, siempre han estado entre nosotros, revelando la subjetividad del medio chileno y las homofobias de un siglo entero. Desde Augusto D`halmar a las crónicas de Pedro Lemebel, la antología de Juan Pablo Sutherland abre un interesante debate sobre la escritura y sus múltiples relaciones con la sexualidad y la homosexualidad.

Entre los autores que no pudieron ser incluidos en la antología de Sutherland, destaca el polémico escritor Enrique Lafourcade, más una serie de poemas emblemáticos de Gabriela Mistral. Esta última censura crucial se debió a la expresa prohibición de la fundación que lleva el nombre de la Premio Nobel de Literatura. En una carta firmada por el escritor Jaime Quezada, presidente de la mencionada institución y enviada al autor de la investigación, señala:

Dicho trabajo antológico puede contribuir a interpretaciones tendenciosas, antojadizas y especulativas contrarias a la siempre significativa y relevante obra de nuestra autora.

Las supuestas interpretaciones “tendenciosas” y “antojadizas” que señala la fundación tienen directa relación con los estudios literarios y comparativos que hablan de la sexualidad de Gabriela Mistral.

Al respecto, el autor incluye esta controversia en la presentación de su antología, señalando:

Resulta sorprendente que todavía existan prácticas prohibitivas de las distintas lecturas que se vienen haciendo desde hace mucho tiempo de la obra mistraliana. Peor aún es que Jaime Quezada, su vigilante más destacado y autor de estudios y compilaciones de Gabriela Mistral, argumente el daño a la vida y obra debido a la existencia de otras perspectivas críticas y de lecturas.

En la misma respuesta, Sutherland fundamenta su molestia, considerando la existencia de estudios respecto a la sexualidad de la Mistral realizados en universidades extranjeras, cuyas perspectivas críticas son poco conocidas en Chile. En ese ámbito, habría que destacar una investigación realizada por Licia Fiol – Matta, crítica puertoriqueña , quien lanzó en EEUU una investigación editada por la Universidad de Minessota, llamada A Queer Mother for the Nation; The State and Gabriela Mistral.

Fiol- Matta, entrevistada por el sitio lésbico web “Rompiendo el Silencio”, en noviembre de 2003, habló de su investigación y las motivaciones que impulsaron su estudio. Al respecto, señaló:

Debe haber múltiples causas de por qué la figura de la Mistral es tan potente. En el libro tengo una interpretación, pero creo que debe haber muchas causas. Te puedo mencionar el conservadurismo de Chile, hay un clima cultural muy conservador. Cuando se leen los textos, la prosa de Mistral, uno se da cuenta a qué tipo de sociedad pertenecía ella. Era una mujer brillante, sin duda, pero tenía muchos elementos conservadores como su religiosidad que es tan curiosa. Además, en este país donde existe mucha homofobia, pretender hablar de la sexualidad del premio Nobel, simplemente no entra. A mí me llamó la atención por qué esta “Madre nacional” es una “Madre rara”, por eso se llama así el libro. La Mistral, físicamente, no cumplía con el estereotipo femenino de esa época (era muy recatada), no se casó y su entorno, era femenino.

Ultimando un tiempo de especulaciones, el 10 de diciembre de 2007, el mismo día en que se cumplían 62 años en que Gabriela Mistral recibió el Premio Nobel de Literatura y luego de diversas gestiones diplomáticas, su legado llegó oficialmente a Chile. Un hito histórico, que fue encabezado por la ministra de Educación, Yasna Provoste, y la directora de Bibliotecas, Archivos y Museos, Nivia Palma. 168 cajas integradas por fotografías, cartas, películas, cintas de audio, materiales inéditos de poesía y prosa, sumado a cientos de objetos personales, donados por Doris Atkinson, sobrina de su heredera Doris Dana, dieron cuenta de aspectos desconocidos y controversiales de Gabriela Mistral, entre ellos, su estrecha relación sentimental con Dana.

Los declaro Adán y Evo

El 13 de diciembre de 2002, cuando se pensaba que se iría a la basura el proyecto presentado por los homosexuales al Parlamento argentino, tendiente a legalizar las uniones de hecho de lesbianas y gays, Buenos Aires emuló a las ciudades más importantes de Europa, y conquistó algunos derechos para las parejas gays y lésbicas que viven de hecho. Con 29 votos a favor y 10 en contra, la Legislatura porteña aprobó en general la ley de Unión Civil que legaliza “la unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual”.

El texto aprobado prevé la creación del Registro Público de Uniones, donde se inscribirán las uniones, previa verificación de los requisitos que fija la ley, así como podrá constar la disolución de la unión. Según indicaciones de la Ley, el acto de unión necesitará de un mínimo de dos testigos “excepto que entre las partes haya descendencia en común, la que se acreditará fehacientemente”. El proyecto de uniones civiles fue redactado por la jueza experta en Derecho de Familia, Graciela Medina, e impulsado por la Comunidad Homosexual Argentina
(CHA).

Ya era hora de que surjan de una vez por todas los valores básicos, que son la igualdad y los derechos para nuestra comunidad, dijo a la prensa el presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Cesar Cigliutli, al finalizar la histórica votación.

El texto de la ley establece la creación de una unión civil, no matrimonial, conformada por dos personas, “independiente del sexo u orientación sexual”. Permite a los homosexuales gozar de los mismos derechos que una unión heterosexual de hecho, como el beneficio a pensión en caso de muerte de uno de los integrantes, y la posibilidad de asociar a la pareja a la cobertura médica. Sin embargo, pese al festejo de los homosexuales del mundo, la ley enfrentó el rechazo de la Iglesia Católica de Buenos Aires y de otros sectores conservadores de la sociedad.

El debate en Chile

Impulsados por el ejemplo argentino, el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual, junto con la diputada PPD María Antonieta Saa, el 2 de junio de 2003, anunció la presentación de un proyecto de ley que busca regular las convivencias entre personas homosexuales en Chile.

Según el proyecto de Saa, la unión entre parejas del mismo sexo se legalizará con dos testigos ante un notario o un oficial de registro civil, los cuales deberán llevar un registro privado del enlace. Los integrantes de la pareja que pretendan regular su unión para vivir juntos, amarse y cuidarse mutuamente, deben ser mayores de edad, solteros y carecer de cualquier vínculo de parentesco sanguíneo. Si uno de los miembros de la unión es abandonado sin causa justificada y se encontrara en situación de necesidad extrema o enfermedad, su pareja deberá socorrerlo con auxilios hasta el 50 por ciento de sus ingresos.

En caso de fallecer uno de los miembros de la “unión homosexual”, el sobreviviente será el único heredero de todos los bienes de la pareja, siempre y cuando no existan hijos, los cuales tienen los mismos derechos. El proyecto considera a la unión homosexual como “grupo familiar”, el que puede disolverse por el fallecimiento de unos de sus miembros, por separación superior a un año y avalada por testigos o por abandono prolongado.

En la bullada presentación del proyecto, Ley de Fomento de la no Discriminación y Contrato de Unión Civil entre Personas del Mismo Sexo, según consignó el periódico electrónico Opusgay, la diputada socialista y presidenta de la Cámara baja, Isabel Allende señaló:

Sé que este proyecto es el resultado de un trabajo bastante largo que han realizado para hacer conciencia respecto a los derechos de los homosexuales. Esta iniciativa es importante porque promueve la participación de la ciudadanía.

El proyecto ingresó al Parlamento con los siguientes respaldos y declaraciones de compromisos. Patrocinaron la iniciativa los diputados: María Antonieta Saa, Fulvio Rossi, Gabriel Ascencio, Enrique Acorssi, Victor Barrueto, Antonio Leal, Patricio Hales, Osvaldo Palma, Ximena Vidal y Carolina Tohá. Por su parte; Laura Soto, Aníbal Pérez, Guido Girardi, Adriana Muñoz, Sergio Aguiló, Camilo Escalona, Isabel Allende, Alejandro Navarro y la RN Lily Pérez, expresaron su interés de aprobar el proyecto y/o respaldar sus ideas centrales.

Un poco antes de la presentación del proyecto en el Parlamento, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, en medio de la discusión sobre el divorcio en Chile, resolvió establecer el matrimonio civil entre un hombre y una mujer, cerrando así cualquier posibilidad de permitir la unión legal entre personas del mismo sexo. Es probable que las noticias relativas al matrimonio o Unión Civil entre homosexuales provenientes de Suiza, Alemania, España, Holanda, Canadá, Alemania, Argentina y Brasil, alertaran a ciertos parlamentarios.

Las reacciones al respecto no se hicieron esperar. La diputada María Antonieta Saa protestó, señalando que, si bien es esperable que los senadores se apresuraran a cerrar el paso al matrimonio gay, ello sólo demuestra su mentalidad homofóbica. Similar opinión tuvo el diputado Enrique Accorsi, quien lamentó la indicación parlamentaria porque no da cuenta de lo que se está viviendo en el ámbito mundial.

El diputado de Renovación Nacional, Arturo Longton, fue más cauto al señalar: este es un tema que recién se está poniendo en debate en nuestro país y creo que es bueno empezar a discutirlo. En otra vereda y más categórico, se mostró el diputado de la UDI, Iván Moreira, al afirmar: en Chile no podemos tener la política de legitimar cuestiones que no son naturales o que son anormales, insistiendo así en sus permanentes descalificaciones hacia el mundo homosexual.

Junto con un sinnúmero de opiniones, favorables y contrarias, en esos mismos días se conocieron los resultados de una encuesta de opinión pública realizada por la Fundación IDEAS y la Universidad de Chile, dando cuenta de ciertos cambios culturales. En el citado estudio, la mitad de los jóvenes capitalinos (51%) respalda el matrimonio entre personas del mismo sexo, mostrando los cambios de mentalidad que viene experimentando la sociedad chilena en los últimos años, particularmente en la población más joven.

En el mismo ámbito, se conoció en esos días una encuesta efectuada en 36 comunas de Chile revelando la existencia de “una mayor tolerancia” hacia las minorías sexuales en el ámbito de sus relaciones de pareja, pero al mismo tiempo dejando en evidencia un fuerte rechazo en tópicos vinculados a la salud de los gays. El estudio de El Mercurio y la empresa Opina S.A., arrojó que el 40 por ciento de los chilenos aprueba el casamiento entre personas del mismo sexo (un 24.5 por ciento con reparos y un 15.5 por ciento sin reparos), mientras el 53.8 por ciento se opone.

Acción familia, otra vez

En medio de manifestaciones de apoyos y rechazos, llamó la atención la postura extrema del ultra conservador grupo Acción Familia que, respaldados ideológicamente en las argumentaciones del Vaticano contra las uniones homosexuales, inició una fuerte campaña para impedir la aprobación del proyecto que legaliza ese tipo de vínculos en Chile.

Mediante envíos de correos electrónicos y a través de su página web, Acción Familia llamó a los chilenos a escoger entre la civilización y la barbarie, que a su juicio, ocasionará el proyecto de “Fomento de la no Discriminación y Contrato de Unión Civil entre Personas del Mismo Sexo”. La campaña de Acción Familia impulsó a los ciudadanos a enviar a los presidentes de los partidos políticos cartas de rechazo a las uniones civiles, sumado a aportes en dinero con el objeto de definir estrategias comunicacionales contra los vínculos homosexuales.

Juan Antonio Montes, presidente de Acción Familia, envió el siguiente mensaje electrónico:

Si usted me ayuda con un aporte de cinco mil o 10 mil pesos puedo realizar las siguientes acciones: 1) Hacer un envío masivo por correo de esta misma carta para llegar al mayor número de familias posible; 2) colocar anuncios en los medios de comunicación, advirtiendo sobre los graves peligros que corre la sobrevivencia de la familia hoy en Chile y 3) distribuir miles de folletos con esta carta en la vía pública. Si puede enviar más dinero (vía Internet o correo) se lo agradeceremos. La necesidad es urgente y los medios limitados. Necesitamos un Chile que sepa decir: SI, SI, NO, NO, como enseña nuestro señor Jesucristo en el Evangelio. Sí a la familia. No a la decadencia moral”.

Polémica desatada

Numerosos son los hechos, declaraciones y toma de posiciones respecto del proyecto de ley presentado en el Parlamento. De todos ellos, importante es destacar el pronunciamiento de la más alta autoridad política del país, el Presidente de la República, Ricardo Lagos. El 14 de marzo de 2004, consultado por Televisión Nacional de Chile sobre su postura en torno a las uniones civiles o matrimonio entre personas del mismo sexo, Lagos afirmó:

El país no está preparado para eso. Cada cosa debe hacerse a su tiempo. Estas son cosas que la sociedad debe debatir en su momento.

Si bien Ricardo Lagos tiene el legítimo derecho a opinar respecto de diversos temas, olvidó en su comentario que las uniones civiles o matrimonios homosexuales estaban siendo debatidos por la sociedad, demostrando así estar “preparada” para esas “cosas”. En carta respuesta enviada por el Movimiento de Liberación e Integración a Lagos invitan al mandatario a precisar sus dichos sobre la legalización de los vínculos homosexuales, marcando diferencias entre las uniones civiles y los matrimonios, y le pidió que el Ministro General de la Presidencia, Francisco Huenchumilla, analizara el proyecto para un eventual patrocinio. Ricardo Lagos, en carta firmada por su asesor presidencial, Domingo Namuncura, respondió el 17 de marzo de 2004 que solicitó a Huenchumilla, atender la solicitud y brindar una respuesta de acuerdo a sus competencias y normativas vigentes.

Inéditos e importantes fueron los pronunciamientos en el 2004 de representantes de la Iglesia Católica chilena, los cuales aún cuando rechazaban de plano el matrimonio, prefiriendo la castidad de los homosexuales, por primera vez se pronunciaron a favor de una norma que regule el régimen patrimonial de las parejas constituidas por personas del mismo sexo.

El Cardenal Arzobispo de Santiago y presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), Monseñor Francisco Javier Errázuriz Ossa, afirmó en España, el 9 de octubre 2004.

Sin duda alguna el matrimonio es entre un hombre y una mujer y es una realidad muy diversa de la unión que exista entre dos personas homosexuales. Siempre el matrimonio está unido a la procreación y la idea plena de matrimonio es inconcebible sin que pueda traer hijos a este mundo. Uno puede comprender que los homosexuales se relacionen, tengan estabilidad entre ellos, que quieran tener comunidad de bienes, pero no es matrimonio, hay que darle otro nombre porque es otra realidad totalmente diferente, aseguró Errázuriz.

Por su parte, el presidente de la Conferencia Episcopal de Chile y obispo de Rancagua, Alejandro Goic, en entrevista a TVN el 26 de diciembre de 2004,
indicó:

Yo creo que el problema está en equiparar los matrimonios de homosexuales y lesbianas. Ellos tienen derechos a tener una legislación adecuada para que sus bienes sean cuidados.

Nueva estrategia

En definitiva y después de casi tres años de difusión mediática y búsqueda de respaldos políticos transversales, gubernamental (que no prosperó) y la escasa adhesión de otras organizaciones, agrupaciones y colectivos lésbicos, homosexuales y transexuales, el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual cambió de estrategia e impulsó, en septiembre de 2006, un nuevo proyecto de Ley que beneficia, dijeron, no sólo a homosexuales, sino que también a heterosexuales. Se llamó: “Pacto de Unión Civil”.

Siempre supimos que el primer proyecto que ideamos no prosperaría a nivel legislativo, principalmente, porque consideraba sólo a parejas homosexuales. La verdad es que siempre pensamos ese proyecto sólo como el desencadenante de un debate público, hasta entonces nulo en Chile. Pero claramente en aquel momento eso no lo podíamos decir, dijo el MOVILH a través de la página Opusgay.

El caso argentino y el ingreso del primer proyecto de Unión Civil Gay en Chile, desataron una amplia difusión del tema en los medios de comunicación, animado aún más con las noticias provenientes del viejo continente, particularmente de España, que en junio de 2005, aprobó una ley de matrimonio entre personas del mismo sexo. Apenas una palabra, sólo una palabra había sido modificada en el Código Civil Español. Sin embargo, las luchas por conquistar ese cambio legal, unido a los efectos que se produjeron en la sociedad, provocaron múltiples transformaciones.

José Luis Rodríguez Zapatero, Presidente de España, en el pleno del Congreso de los Diputados, defendió la modificación del Código Civil que reconoce el derecho a contraer matrimonio a las personas del mismo sexo, señalando:

Hoy la sociedad española da una respuesta a un grupo de personas que durante años han sido humilladas, cuyos derechos han sido ignorados, cuya dignidad ha sido ofendida, su identidad negada y su libertad reprimida. Hoy la sociedad española les devuelve el respeto que merecen, reconoce sus derechos, restaura su dignidad, afirma su identidad y restituye su libertad.

La antropóloga y periodista mexicana, Marta Lamas, en un número especial de la revista Debate Feminista en octubre de 2005, dedicado al matrimonio homosexual y la familia homoparental, sitúa la modificación de la ley española dentro de un marco más general de evolución de un proceso “igualitario” y “democrático” al interior de la Unión Europea28 y valora las acciones del movimiento de ciudadanos y ciudadanas que conquistaron significativas transformaciones. Al respecto, Lamas afirmó:

Resulta fundamental para la vida democrática reconocer que las acciones de los ciudadanos van ampliando y transformando los márgenes de lo que tradicionalmente se considera aceptable o moral. Las leyes que rigen la convivencia son la concreción de esas concepciones, por eso cuando la sociedad cambia y las leyes no reflejan esas transformaciones, el orden social entra en conflicto. En cambio, cuando sí se reconocen las modificaciones en las conductas y aspiraciones éticas de la ciudadanía, los procesos legales consolidan el avance social.

Desde una trinchera crítica, la reconocida teórica queer, Judith Butler, cuestiona:

Podemos ver cuál es el dilema: por una lado, vivir sin normas de reconocimiento da lugar a sufrimientos y privaciones de derechos que confunden las diferencias entre consecuencias físicas, culturales y materiales. Por otro lado, la exigencia de reconocimientos, que es una exigencia política muy poderosa, puede llevar a formas nuevas e injustas de jerarquía social, a una abrupta clausura del campo sexual, así como a nuevas formas de apoyar y extender el poder del Estado, si no instituye un desafío crítico a las mismas normas de reconocimiento que proporciona y exige legitimación del Estado. De hecho, al pedir reconocimiento al Estado, restringimos efectivamente la esfera de lo que pasará a ser reconocible como acuerdos sexuales legítimos, con lo que el Estado saldrá fortalecido como fuente de las normas de reconocimiento y quedarán eclipsadas otras posibilidades en la sociedad y la vida cultural.

Ley Marco Antidiscriminatoria

Paralelo al debate respecto del matrimonio homosexual y las leyes de unión civil impulsadas en Chile, otro debate impulsado por la sociedad civil comenzaba a cobrar fuerza. Durante el 2000 se inició el trabajo del “Foro por la No Discriminación”, organizado por el Programa de Acciones de Interés Público de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, el cual periódicamente fue dando cuenta de diversas temáticas directamente vinculadas al tema de la discriminación. En tal contexto se analizaron, a través de previos trabajos de investigación, los diversos contenidos relacionados a colectivos vulnerables y particularmente los derechos diferenciados en razón de los grupos.

Transcurrido el tiempo, los participantes del “Foro por la No Discriminación”, tanto académicos como miembros de la Sociedad Civil, entre ellos organizaciones LGTB, fueron alcanzando la convicción acerca de la necesidad de trabajar acciones concretas en materia antidiscriminatoria dentro de la esfera legal. El resultado de lo anterior es un “Ante-proyecto de Ley” que establece normas destinadas a fortalecer el derecho a la igualdad y la erradicación de toda forma de discriminación contra las personas. El análisis y sistematización del mencionado anteproyecto tuvo como base las siguientes ideas matrices:

1.- Explicitar la necesidad de una legislación específica antidiscriminación.
2.- Legislación que consagre como política de Estado la valoración de la diversidad y no discriminación.
3.- Esta política de Estado deberá ser: Proactiva (deber del Estado no sólo del individuo), General (respecto de diversas conductas discriminatorias), Integral (con el objeto de respetar, promover y garantizar derechos), y Participativa (desde la óptica de la Sociedad Civil).

En el marco sancionatorio se prefirió optar por una fórmula que privilegie la reparación civil del daño material y moral, dejando la condena penal para las conductas más graves y socialmente dañosas. Además, propuso aplicar criterios homologadores y adecuadores a la normativa internacional, en cuanto a sus aspectos sustantivos, alcances y lenguaje técnico utilizado.

Entre diversos tópicos de esta propuesta normativa cabe destacar la creación de una institucionalidad específica, cual es la “Comisión Nacional por la Igualdad y la Integración Social” como un servicio público descentralizado y regionalmente desconcentrado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el que tendrá como finalidad velar por la plena vigencia de las normas de la ley y por la adecuada ejecución de las políticas públicas antidiscriminatorias.

El proyecto de ley propuesto tipificaba las denominadas “prácticas discriminatorias” como todos aquellos hechos reiterados durante un cierto tiempo y ejecutados de un modo uniforme en todo el territorio nacional en contra de grupos de personas que posean alguna característica común y que les cause objetivamente la supresión, menoscabo o perturbación en el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades establecidos por la Constitución y las leyes. El desafío del Comité y de sus organizaciones integrantes, era que el diseño jurídico sea una Ley de la República.

El proyecto de Lagos

El 14 de marzo de 2005, el Presidente Ricardo Lagos Escobar envió un mensaje al Parlamento, traducido en un Proyecto de Ley, que establece medidas contra la discriminación. La presentación del mencionado proyecto señalaba:

El proyecto de ley que someto a vuestra consideración tiene por finalidad, precisamente, resguardar en el ordenamiento jurídico la no discriminación arbitraria, de forma tal de garantizar en mejor forma la igualdad ante la ley y el reconocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.

Junto con explicar extensamente las razones jurídicas, sociales y culturales de legislar respecto de la No Discriminación en Chile, el mencionado Proyecto presentado por el Ejecutivo, establece una serie de disposiciones, entre ellas:

Artículo 1°.- Las disposiciones de esta ley tienen por objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona.

Artículo 2°.- Corresponde al Estado elaborar las políticas y arbitrar las acciones que sean necesarias para garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, el pleno, efectivo e igualitario goce y ejercicio de sus derechos y libertades. El Estado podrá establecer distinciones o preferencias destinadas a promover y fortalecer el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos de las personas o grupos de personas.

Artículo 3°.- Para efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia arbitraria, por acción o por omisión, basada en la raza, color, origen étnico, edad, sexo, género, religión, creencia, opinión política o de otra índole, nacimiento, origen nacional, cultural o socioeconómico, idioma o lengua, estado civil, orientación sexual, enfermedad, discapacidad, estructura genética o cualquiera otra condición social o individual.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de las acciones especiales que procedan, el directamente afectado, por sí o cualquiera a su nombre, podrá denunciar los actos u omisiones que importen una discriminación arbitraria que se hubieren cometido en su contra. La acción podrá impetrarse dentro de 30 días hábiles, contados desde que se hubiere ejecutado el acto o producido la omisión o, según la naturaleza de éstos, desde que se haya tenido noticias o conocimiento ciertos de los mismos, ante la Corte de Apelaciones respectiva. La Corte podrá, a petición fundada del interesado, decretar orden de no innovar, cuando el acto u omisión recurridos pudiese causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere en caso de acogerse la presentación.

Artículo 5°.- Deducida la acción, el tribunal deberá investigar la denuncia y dar curso progresivo a los autos hasta el fallo definitivo. La Corte requerirá informe a la persona denunciada de cometer el acto u omisión y a quien estime pertinente, notificándola por oficio. Esta dispondrá el plazo de diez días hábiles para formular observaciones. Evacuado el informe, o vencido el plazo de que dispone para formular observaciones, el tribunal ordenará traer los autos en relación y la causa se agregará a la tabla de la audiencia más próxima, previo sorteo de la Sala. La Corte podrá, si lo estima pertinente, abrir un término probatorio que no podrá exceder a siete días, y escuchar los alegatos de las partes. La Corte dictará sentencia dentro del término de quince días, desde que quede en estado de sentencia. Un autoacordado de la Corte Suprema regulará los demás aspectos necesarios, para la debida sustanciación de esta acción.

Artículo 6°. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la Corte de Apelaciones respectiva en su sentencia, adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, como dejar sin efecto el acto discriminatorio u ordenar que cese en su realización. Asimismo, la Corte podrá declarar la procedencia de indemnizaciones, que en su caso correspondan, para reparar el daño moral y material ocasionado. En dicho caso, el afectado podrá demandar ante el juez de letras competente, la determinación de la indemnización de los perjuicios que procedieren. El monto de la indemnización será determinado en procedimiento breve y sumario. Si la sentencia estableciere fundadamente que la denuncia carece de toda base, la Corte declarará que el denunciante es responsable de los perjuicios que hubiere causado, los que se perseguirán ante el tribunal civil competente, en procedimiento breve y sumario.

Artículo 7°.- Contra la sentencia definitiva, procederá el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el plazo de cinco días, ante la Corte Suprema.

Artículo 8°.- En caso que la Corte declare que un funcionario público en el ejercicio de su cargo o con ocasión de él, cometió actos de discriminación arbitraria, a los que se refiere el artículo 3° de esta ley, respecto de una persona natural o jurídica, consistente en rehusar el suministro de un bien o servicio a que ésta tenga derecho, podrá ser sancionado con multa de 50 a 100 UTM. Si tales actos discriminatorios fueron cometidos en el ejercicio de una actividad privada, en la que se presten servicios de utilidad pública, el responsable también podrá ser sancionado con la multa establecida en el inciso anterior.

Artículo 9°.- Incorpórase al artículo 12 del Código Penal, el siguiente numeral 21 nuevo: “21ª Cometer el delito por una motivación discriminatoria fundada en la raza, color, origen étnico, edad, sexo, género, religión, creencia, opinión política o de otra índole, nacimiento, origen nacional, cultural o socioeconómico, idioma o lengua, estado civil, orientación sexual, enfermedad, discapacidad, estructura genética o cualquier otra condición social o individual.

La respuesta del MUMS

La idea de abordar la discriminación de una manera integral llevó al Movimiento Unificado de Minorías Sexuales a ser un activo participante de la construcción de la Ley Marco Antidiscriminatoria, formando parte del “Foro en contra de la Discriminación”. Según relata Toli Hernández primera lesbiana presidenta de un movimiento que reúne a homosexuales, trans y lesbianas en Chile:

En 54 artículos, dicho proyecto elaborado en conjunto con todos aquellos grupos construidos como minorías, abordó la erradicación y eliminación de las conductas discriminatorias. El Gobierno basado en la propuesta de Ley de la Sociedad Civil, construyó un manifiesto de buenas intenciones, en tanto, la propuesta original fue resumida a 9 artículos. Lo descrito determinó que la organización iniciara un franco cuestionamiento a la propuesta gubernamental, por lo que fue convocada el día 5 de junio de 2005 a participar en una Jornada de trabajo con la Comisión de Derechos Humanos del Senado, para presentar sus indicaciones y contrapropuestas.

Frente a esa coyuntura, el Movimiento Unificado de Minorías Sexuales, MUMS, convoca a una reunión ampliada a todas las organizaciones LGTB del país para plantear indicaciones que fueran realmente significativas en el camino de la eliminación del estigma y discriminación en Chile. En ese contexto resurge el Comité por la no Discriminación, conformado por organizaciones de diversidad sexual capitalinas y de regiones, quienes analizaron políticamente la propuesta del Gobierno, elaborando un listado de indicaciones que fue defendido en la oportunidad por Toli Hernández, quien señala:

Las indicaciones se referían fundamentalmente a la institucionalidad de la ley, es decir, que existiera un organismo autónomo, con recursos propios, que vigilara su concreción, el diseño, elaboración y ejecución de campañas en contra del estigma y discriminación, el apoyo legal de los sujetos discriminados, entre otras características. Además, se enunciaba la exigencia de derogar el artículo 373 y 374 del Código Penal relativo a la moral y las buenas costumbres y la derogación del artículo 161 del Código del Trabajo que justifica el despido de los trabajadores por necesidad de la empresa, impulsando a transparentar las causas de dichas decisiones. Otros aspectos relevantes fueron la tuición llevada a la explicitación de que no ser heterosexual significara un impedimento para ejercer la paternidad o maternidad, identidad de género, inclusión de operaciones de sujetas transgéneras en planes de salud, entre otros.

Homoparentalidad

Al cierre de la presente edición de Bandera Hueca, el proyecto de Ley aún estaba en tramitación legislativa. Señalemos, finalmente, que fueron muchas las veces que las distintas organizaciones de la diversidad sexual manifestaron su molestia en razón de la nula presencia de la homoparentalidad que tenía el proyecto. Por esto, ante estos negativos balances efectuados por la sociedad civil y sumadas a las críticas de parlamentarios, es que las mociones para garantizar la tuición de hijos de progenitores homosexuales y lesbianas son analizadas por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, para que sean incluidas en el “Proyecto de Ley que Establece Medidas contra la Discriminación”.

Incluyendo diversas modificaciones al Código Civil, la moción, presentada por el senador socialista Carlos Ominami, busca garantizar que ningún padre o madre sea despojado de sus hijos a raíz de su orientación sexual, como ocurrió en 2004 con el fallo de la Corte Suprema que afectó a la jueza Karen Atala y que motivó la creación de la agrupación Las Otras Familias (ALOF). La inclusión de la homoparentalidad fue una de las principales demandas efectuadas por el Comité por la No Discriminación (MUMS - CUDS - ALOF-ACCION GAY-la concejala trans, Felipe González y CAS de la Pintana).

En todo este proceso de discusión de base y Parlamentaria, importante es consignar la trascendente labor de Felipe González (Alejandra), la primera concejala trans en Chile, electa democráticamente en Lampa, localidad semi rural cercana a Santiago. Ex militante del Partido Humanista, Alejandra fue elegida en las Elecciones Municipales de 2004 con 2 mil 500 votos, marcando un antes y un después en la participación política en cargos de elección popular de homosexuales, lesbianas y trans en Chile.

Pacto de Unión Civil

Reconociendo el poco avance que tuvo el Proyecto de Unión Civil entre homosexuales presentado al Parlamento en el 2003, sumado al no respaldo del Ejecutivo, el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual comenzó a desarrollar lo que llamaron como el más importante y exitoso despliegue político y social que se tenga registro a favor de la regulación de los derechos de las parejas heterosexuales y homosexuales que no están casadas.

El nuevo proyecto, a diferencia de la primera iniciativa, establece la Unión Civil (PUC) no sólo de homosexuales, sino que también de heterosexuales. Así, entre los beneficios de la pareja que suscribe el PUC destacan pensiones de viudez, invalidez y sobrevivencia, derechos hereditarios similares al del cónyuge sobreviviente, derecho a ser carga en el régimen de salud y el acceso a seguros de accidentes del trabajo y circulación. En caso de muerte de un miembro de la pareja, el sobreviviente puede además exigir reparación de perjuicios si el fallecimiento se produjo por un acto ilícito de terceros, mientras al término del PUC una de las partes puede exigir compensación económica si es que no desarrolló una actividad remunerada durante la unión.

El proyecto en cuestión tiene por base el Pacto Civil de Solidaridad Francés (PACS) y el Proyecto de Fomento de la no Discriminación y Contrato de Unión Civil entre Personas del Mismo Sexo de 2003. A diferencia de la primera iniciativa de Unión Civil, el naciente proyecto, redactado por abogados de la Universidad de Chile y la Universidad Diego Portales, comenzó a prender la mecha de muchos y muchas desinteresados. En la práctica, el PUC es respaldado por todos los Partidos de la Concertación desde el año 2006, sin embargo, es el Poder Ejecutivo el que ha obstaculizado llevar el tema a discusión parlamentaria.

Junto a una llamativa campaña comunicacional denominada A todas las parejas, todos los derechos, auspiciada por la División de Organizaciones Sociales (DOS) del Ministerio Secretaría General de Gobierno, la iniciativa provocó discrepancias entre diversas organizaciones de lesbianas, trans y homosexuales de Santiago.

La postura del MUMS

Si bien es cierto, PUC recibió el respaldo de un importante número de parlamentarios, particularmente de la Concertación y algunos de centro derecha, la iniciativa fue resistida y criticada por diversas organizaciones de lesbianas, trans y homosexuales. Al respecto, Toli Hernández del MUMS señala:

Los grupos que conformaron el Comité por la No Discriminación31, particularmente el Movimiento Unificado de Minorías sexuales, MUMS, nunca han desconocido la existencia de una necesidad de personas homosexuales y lesbianas de regular sus vidas en parejas, sea vía matrimonio u otro mecanismo. Sin embargo, en el Seminario sobre Matrimonio Homosexual, llamado Amar en Igualdad, organizado por el MUMS y Amnistía Internacional en junio de 2005, quedó en evidencia que las organizaciones LGTB activas de la Región Metropolitana, coincidían en que el Proyecto de Unión Civil (PUC), no es un aporte a la igualdad en tanto sólo crea nuevos estatus legales, es decir, una ley especial para homosexuales sin que esto signifique un remezón a la estructura matrimonial heterosexual. Por otro lado, dicha propuesta sólo abarca aspectos reducidos de la vida de lesbianas, trans y homosexuales, en tanto busca regular, fundamentalmente, aspectos patrimoniales de las personas, cuyo interés recaería solo en las personas que poseen esos patrimonios.

Matrimonio YA!

En marzo de 2008 y en circunstancias que las dos iniciativas de regulación de parejas de hecho entre homosexuales no tuvieron el éxito legislativo esperado, el diputado socialista Marco Enríquez - Ominami, presentó un proyecto de ley más radical que modifica en el Código Civil el concepto de matrimonio, reemplazando esta añosa y figura exclusiva para la unión entre un hombre y una mujer por la de dos personas.

A juicio del Proyecto de Enríquez - Ominami, la actual definición del matrimonio es insatisfactoria en el esquema social actual, por lo que se hace necesario modificar el concepto decimonónico en el Código Civil, de manera de dar respuesta a los cambios ciudadanos. Transformaciones que al poner en el tapete la igualdad de derechos para las minorías sexuales, han derivado lógicamente en mayor apoyo ciudadano a las demandas de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales.

En ese contexto, ACCIONGAY, ex Corporación Chilena de Prevención del SIDA, anunció:

Una serie de acciones en conjunto con autoridades legislativas para avanzar en la discusión parlamentaria y pronta aprobación de estas propuestas que no pueden seguir descansando en la categoría de “segundas prioridades”. Es ésta una señal del tratamiento que se les da a los homosexuales en nuestro país, y que aún permanecen en el ocultismo.

El modelo español

En España, el 30 de junio de 2005, el Congreso de los diputados aprobó por 187 votos a favor y 147 votos en contra la ley por la que se permitía el matrimonio en ese país de personas del mismo sexo. Dos años más tarde y luego de una ardua campaña pública del movimiento transexual ibérico y liderada mediáticamente por la activista transexual Carla Antonelli, el Parlamento volvió a sorprender con la descollante “Ley de Identidad de Género”, permitiendo el cambio de nombre y sexo en el DNI (Cédula de Identidad) sin necesidad de cirugías reasignativas, impulsando así una revolucionaria transformación socio - cultural que instala a la península ibérica en la vanguardia universal de los Derechos Humanos de lesbianas, gays y transexuales.

Impulsados por estas transformaciones, entre 2006 y 2007, estuvieron en Chile ofreciendo conferencias, destacados activistas del movimiento LGTB español, entre ellos: Pedro Zerolo, Beatriz Gimeno y Carla Antonelli.

En entrevista publicada en la Revista de Crítica Cultural de diciembre de 2007, Carla Antonelli recuerda el histórico día en que recibió su nueva partida de nacimiento y su nuevo DNI, donde se le reconoce legal y oficialmente como Carla:

Fue un sueño hecho realidad, hubo momentos que no lo creías del todo, luego ya tomas contacto cuando comienzas a ver un DNI, la Seguridad Social cambiada y los demás documentos; pero, por sobre todo, cuando firmas el primer contrato. Sostengo que se trata de una ley revolucionaria, porque va a prevalecer quien tú dices que eres, comportas y vives, por encima de unos genitales, acabando con siglos de imperio machista y falocrático.

Foto: La reconocida teórica queer, Judith Butler, es una reconocida intelctural que discute la legitimidad del matrimonio gay.

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