(El lésbico paradigma de la justicia chilena)
Soy una mujer, soy nieta de emigrantes palestinos, por ende, tengo sangre semita, soy abogada de profesión, soy jueza por oficio, soy madre y soy lesbiana. Todas estas cosas soy yo, y muchas más que me definen en mi esencia y calidad de persona humana. Sin embargo, una de las tantas cualidades que me definen fue estimada perjudicial para criar junto a mi seno a mis tres pequeñas hijas. Cualidad que tiene que ver con mi orientación sexual.
Así de franca, clara y asumiendo por completo su cuestionada sexualidad lésbica, inició su histórico alegato en la capital norteamericana de Washington D.C. la jueza chilena Karen Atala Riffo, convocada a comparecer por primera vez ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el 7 de marzo de 2006.
La historia de Karen
Corría enero del 2003, cuando se inicia la batalla legal por la tuición de Regina (tres años), Victoria (cuatro años) y Matilde (ocho años), tras demandas presentadas por el padre de las niñas, el abogado Jaime López, ante el Juzgado de Letras de Villarrica. Empieza una batalla legal que luego saltó a los titulares de la prensa, cuando Karen y su pareja, la historiadora Emma de Ramón, reciben el apoyo y solidaridad a su causa de organizaciones defensoras de los Derechos Humanos de minorías sexuales chilenas. El 29 de octubre del 2003, el Juzgado de Letras de Villarrica otorga la tuición de las menores a la jueza Karen Atala. Sin embargo, el padre de las niñas apela días después. El 30 de marzo del 2004, la Corte de Apelaciones de Temuco otorga la tuición de sus hijas a la jueza Atala, confirmando así el fallo del Juzgado de Letras de Villarrica.
Hasta ese minuto, Karen y Emma habían formalizado su relación de pareja y estaban dispuestas a formar una familia con las tres hijas y un hijo mayor de Atala que tuvo en un matrimonio anterior. Los fallos de todas las instancias otorgaban la tuición a Karen por ser la madre y porque sus antecedentes no demostraban que su orientación sexual fuese perjudicial para el desarrollo de las niñas.
Sin embargo, el 5 de abril del 2004, en representación del padre de las menores, los abogados Alfredo Morgado y Sonia Vargas presentaron una orden de no innovar y un recurso de queja ante la Corte Suprema contra la tuición de las menores otorgada a la jueza Karen Atala, dando inicio a lo que sería la batalla legal y ética más emblemática e importante de los últimos 30 años de historia política homosexual chilena. Nadie quedaría indiferente ante la disputa: el Gobierno, el senado y la iglesia se pronuncian respecto al caso.
El 6 de abril de 2004, el diputado de la Democracia Cristiana, Patricio Cornejo, demanda que la jueza se inhabilite de procesos que involucran a las minorías sexuales, pues señala que Atala habría liberado en marzo del mismo año al presidente de la organización de Transgéneros Traves - Aconcagua, Rodrigo López, acusado de violar a un menor; confundiendo así a la opinión pública e intentando denostar la imagen de rectitud de la jueza Atala.
Frente a estos hechos, Atala, a través de un comunicado, emite su primera versión oficial de los hechos a la prensa, pidiendo fin a la exposición pública del caso. A través de un comunicado leído por su abogado Juan Pablo Olmedo, Atala dijo que el cuestionamiento público hacia su persona iniciado tras la filtración del fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que le otorgó la tuición de sus hijas, busca anular su naturaleza maternal, imputación injusta que socava su dignidad y afecta a las menores. Olmedo agregó:
Karen Atala confía en la justicia, que es el ámbito donde se resuelven los conflictos de nuestra sociedad por difíciles que sean. El hecho de ser y asumirse distinta, no altera ni afecta sus sentimientos de amor hacia sus seres más queridos y preciados, sus hijas, lo que le ha dado la fortaleza para obrar con transparencia hacia ellas y su familia.
Por su parte, el director de la Fundación Ideas, Francisco Estévez, quien asumió como vocero de la magistrada, indicó que Atala confía en que la Corte Suprema no acoja el recurso de queja presentado por los abogados de Jaime López, pues tal acción legal tiene una línea prejuiciosa. Al respecto Estévez comunicó:
La parte demandante ha dicho que Karen no puede ser una buena madre, porque ha asumido una identidad sexual lesbiana. El juzgado de Villarrica dijo que ella puede ser una buena madre asumiendo o no asumiendo su identidad sexual lesbiana. Enseguida, la Corte de Apelaciones de Temuco ratificó lo que hizo el juzgado de Temuco.
La lucha jurídica
El 7 de abril de 2004, los magistrados de la Cuarta Sala de la Corte Suprema, José Luis Pérez, Urbano Marín y Orlando Álvarez, resolvieron acoger la orden de no innovar presentada por la defensa del padre de las menores, dando pie a los fundamentos que intentaban demostrar que el hecho de ser lesbiana y vivir en pareja podía afectar la sexualidad de las hijas. La decisión de la Corte Suprema desató el rechazo de organizaciones no gubernamentales (ONG) y agrupaciones lésbicas y homosexuales. Se generan declaraciones de apoyo y el interés de la prensa mundial por el caso. Por su parte, el movimiento homosexual chileno expone la situación de la jueza Atala en la sede de las Naciones Unidas en Ginebra, solicitando la intervención de la Relatoría de Violencia contra la Mujer de la ONU.
El 8 de abril la pareja de la jueza, la profesora Emma de Ramón, da una entrevista exclusiva a La Tercera refiriéndose por primera vez a su relación lésbica y al caso. El 10 de abril la Asociación Nacional de Magistrados solidarizó con la jueza Atala. El 12 de abril la Corte Suprema pide a la Corte de Apelaciones de Temuco diversos informes sobre el proceso de la jueza Atala y respecto a la maternidad lésbica para definir su fallo. El 19 de abril el grupo “Católicas por el Derecho a Decidir”, organiza en la Quinta Región una manifestación pacífica de apoyo a la jueza Atala. El 17 de mayo la Corte Suprema escucha los alegatos de los abogados de la jueza, Julián López, y del padre de las menores, Alfredo Morgado.
Finalmente y contra todos los pronósticos que favorecen a la mujer en disputas por tuición de hijos e hijas, el 31 de mayo de 2004, la Corte Suprema de Chile acoge el recurso de queja presentado por Jaime López, pasando las menores a la tuición de su padre con los votos favorables de los jueces José Luis Pérez, Urbano Marín y Jorge Medina y el rechazo de los magistrados José Benquis y Orlando Álvarez. La determinación es considerada histórica por cuanto por primer vez la Corte Suprema debió pronunciarse respecto a la maternidad lésbica, marcando un precedente que para las minorías sexuales organizadas es nefasto y que para la Comisión de Derechos Humanos del Senado es una muestra de lo poco preparado que está Chile para solucionar conflictos valóricos.
El dictamen
Para definir su postura, la Corte Suprema debió analizar diversos estudios respecto a los hijos de padres y madres homosexuales. Los informes vistos provenían del Servicio Médico Legal, la Organización Panamericana de la Salud, el Departamento de Sicología de la Universidad de Chile, la Facultad de Educación de la Pontificia Universidad Católica, el Departamento de Derechos Humanos de la Cancillería, el Servicio Nacional de la Mujer y el Ministerio Secretaría General de Gobierno, la cual tuvo entre sus fuentes al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual y al Movimiento Unificado de Minorías Sexuales. Los reportes de todas esas instituciones coincidieron en que no existe incompatibilidad entre ser madre y lesbiana. La excepción fue el informe de una psicóloga pedido por el padre de las menores, según el cual una de las niñas presentaba problemas en la identificación de los roles sexuales.
Sin embargo, aún cuando la mayoría de las pruebas científicas favorecían a la madre, la Cuarta Sala estimó que las menores deben ser cuidadas por su padre por cuanto el ambiente ofrecido por la madre pone en riesgo el desarrollo de las niñas.
A juicio de la Corte Suprema:
No merece reprobación o reproche jurídico alguno, el hecho de que Atala tomara la decisión de explicitar su condición de homosexual, como puede hacerlo libremente toda persona en el ámbito de sus derechos personalísimos en el género sexual. Sin embargo, no es posible desconocer que la visibilización de la orientación sexual de la madre implicó que ella antepuso sus propios intereses, postergando el de sus hijas, especialmente al iniciar una convivencia con su pareja en el mismo hogar en que lleva a efecto la crianza de las menores.
El máximo tribunal agregó que:
Aparte de los efectos que esa convivencia puede causar en el bienestar y desarrollo psíquico y emocional de las hijas, atendida sus edades, la eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores respecto de la cual deben ser protegidas.
La Corte Suprema añadió que la convivencia entre Atala y su pareja:
Sitúa a las menores en un estado de vulnerabilidad en su medio social, pues es evidente que su entorno familiar excepcional se diferencia significativamente del que tienen sus compañeros de colegio y relaciones de la vecindad en que habitan, exponiéndolas a ser objeto de aislamiento y discriminación que igualmente afectará a su desarrollo personal.
Las reacciones
Al conocer el fallo, el abogado de Jaime López, Alfredo Morgado, expresó su satisfacción porque: se ha cautelado los intereses de las tres menores, se les ha protegido y creemos que el mejor medio para que ellas se desarrollen, crezcan y se conozcan a sí mismas, es justamente a través del medio que les proporciona el padre.
En evidente discordancia y en representación de la jueza, Francisco Estévez de la Fundación Ideas, calificó el fallo como denegación de justicia y primitivismo judicial. Estévez consideró también que el dictamen contradice la historia de la Corte Suprema en materia de derechos maternales y sólo es explicable por el prejuicio desencadenado luego que Karen Atala asumiera públicamente su orientación sexual.
Por otra parte, el 1º de junio, organizaciones lésbicas y homosexuales, realizan una manifestación en el frontis del Palacio de Tribunales en Santiago. Junto con la manifestación y al calor de los acontecimientos, el 29 de junio, Emma de Ramón y otras madres lesbianas, crearon la organización Las Otras Familias, buscando defender los derechos de las madres lesbianas. El 25 de septiembre de 2004, la jueza Atala y Emma de Ramón participaron de la marcha del Orgullo Gay / Lésbico / Transexual de Chile que recorrió las principales calles de Santiago.
La valentía de Karen Atala y el proceso que vivió fue objeto de diversos apoyos internacionales. La Red Iberoamericana de Jueces, compuesta por magistrados de Haití, Nicaragua, El Salvador, Perú, Argentina, Brasil, Bolivia, España, Honduras y Chile, anunció su solidaridad, expresando su más profunda preocupación por la discriminación arbitraria de la que fue víctima la jueza. Con el fallo se omitieron garantías judiciales expresas contenidas en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Aunque la RIJ explicitó su respeto a la independencia de los jueces, resaltó la importancia del debido proceso, lo cual a su juicio no ocurrió en el polémico fallo.
Junto con expresar su preocupación por la resolución de la Corte Suprema, la entidad advirtió que observará y dará seguimiento a este caso en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde la jueza Atala finalmente estampó la denuncia con el respaldo de abogados de Libertades Públicas, la Clínica de Asuntos de Interés Público de la Universidad Diego Portales (UDP), la Fundación Ideas, la Corporación Humanas y los importantes Amicus Curiae o informes en derecho, que respaldan jurídicamente los fundamentos de las denuncias respecto de cada uno de los derechos vulnerados en la sentencia de la Corte Suprema de Chile.
El 24 de noviembre de 2004, Karen Atala Riffo demanda al Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por considerar que varios de sus derechos y los de sus hijas fueron quebrantados por la Corte Suprema. La demanda fue interpuesta en Washington, asumiendo la vocería de la magistrada Francisco Estévez, hasta que esta comenzó a ser representada públicamente por su pareja, Emma de Ramón.
Salida amistosa
Felipe González, abogado de la Universidad Diego Portales, adelantó a la prensa que la demanda contra el Estado chileno tiene altas probabilidades de ser exitosa, porque responde a las exigencias de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Sin embargo, señaló que al margen de ello la jueza no tendría inconvenientes en llegar a un acuerdo previo con el Estado de Chile.
En este, como en otros casos que se tramitan ante el sistema americano, es posible llegar a un arreglo o solución amistosa. En los últimos años, el Estado chileno ha tenido una mayor disposición, lo que significa no tener el caso a lo largo de toda su tramitación, dijo González.
Por su parte, el jurista de Libertades Públicas, Antonio Bascuñan, insistió en que en el fallo de la Corte Suprema existe: un prejuicio discriminatorio en relación con la orientación de la denunciante, quizás porque la Corte recoge prejuicios sociales existentes. Cualquiera de las dos alternativas (...) es inaceptable ante la Convención.
La demanda presentada fue sometida a diversos análisis de sus abogados, quienes debieron cumplir requisitos mínimos exigidos por la CIDH para ser visto y analizado el caso. En forma rigurosa Atala y sus abogados detallaron completamente los hechos, con fechas y responsables, identificaron a testigos y aportaron pruebas (expedientes judiciales, filmaciones e informes periciales psicológicos) favorables a la demanda. De igual manera especificaron las acciones judiciales cursadas en Chile, demostrando que en el país se habían agotado las diligencias, así como las respuestas al caso recibida por parte de las autoridades locales. Atala y sus representantes debieron además, evidenciar de qué manera la pérdida de tuición de las tres menores constituyó un peligro para la integridad o salud de la magistrada y sus hijas y argumentar cuales normas de la Convención Americana de Derechos Humanos fueron violentadas con el fallo de la Corte Suprema.
Una de las normas que Atala alega fue violentada por el mencionado fallo, fue el artículo 1º de la Convención de Derechos Humanos, según la cual los Estados partes de ese documento se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Otros artículos quebrantados por el fallo de la Corte Suprema, serían:
El artículo 5º, dice que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
El artículo 11º, que garantiza a toda persona: el respeto de su honra y el reconocimiento de su dignidad. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación. Todos tienen derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
El artículo 12º, que asegura: el derecho a la libertad de conciencia y religión. La norma agrega que: nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias. (...) Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
El artículo 13º, de acuerdo al cual: toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito, en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento.
El artículo 19º, que garantiza a todo niño o niña, el derecho: a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.
El artículo 24º, para el cual: todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.
Atala en Washington
Cumplidos los requisitos establecidos por la CIDH, el organismo internacional empezó la tramitación de la denuncia. De ser declarada admisible, se demandará al Estado de Chile ante la Corte Internacional, la que podría fallar a favor o en contra del Estado. En el último escenario, el Estado de Chile deberá adecuar la legislación interna a los estándares internacionales para proteger, reparar y garantizar la no repetición de otros actos discriminatorios. Eventualmente, las hijas podrían quedar bajo la custodia de la madre y se podrían reclamar y recibir actos reparatorios.
Sea cual sea la resolución de la Corte, esta es definitiva e inapelable. En caso de desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la Corte lo interpretará a solicitud de cualquiera de las partes, siempre que dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la fecha de la notificación del fallo, indica el reglamento de la Comisión de Derechos Humanos. La CIDH, con sede Washington, y la Corte Interamericana, con sede en San José de Costa Rica, son los dos cuerpos del sistema interamericano de protección y promoción de los Derechos Humanos en las Américas.
Así de franca, clara y asumiendo por completo su cuestionada sexualidad lésbica, inició su histórico alegato en la capital norteamericana de Washington D.C. la jueza chilena Karen Atala Riffo, convocada a comparecer por primera vez ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el 7 de marzo de 2006.
La historia de Karen
Corría enero del 2003, cuando se inicia la batalla legal por la tuición de Regina (tres años), Victoria (cuatro años) y Matilde (ocho años), tras demandas presentadas por el padre de las niñas, el abogado Jaime López, ante el Juzgado de Letras de Villarrica. Empieza una batalla legal que luego saltó a los titulares de la prensa, cuando Karen y su pareja, la historiadora Emma de Ramón, reciben el apoyo y solidaridad a su causa de organizaciones defensoras de los Derechos Humanos de minorías sexuales chilenas. El 29 de octubre del 2003, el Juzgado de Letras de Villarrica otorga la tuición de las menores a la jueza Karen Atala. Sin embargo, el padre de las niñas apela días después. El 30 de marzo del 2004, la Corte de Apelaciones de Temuco otorga la tuición de sus hijas a la jueza Atala, confirmando así el fallo del Juzgado de Letras de Villarrica.
Hasta ese minuto, Karen y Emma habían formalizado su relación de pareja y estaban dispuestas a formar una familia con las tres hijas y un hijo mayor de Atala que tuvo en un matrimonio anterior. Los fallos de todas las instancias otorgaban la tuición a Karen por ser la madre y porque sus antecedentes no demostraban que su orientación sexual fuese perjudicial para el desarrollo de las niñas.
Sin embargo, el 5 de abril del 2004, en representación del padre de las menores, los abogados Alfredo Morgado y Sonia Vargas presentaron una orden de no innovar y un recurso de queja ante la Corte Suprema contra la tuición de las menores otorgada a la jueza Karen Atala, dando inicio a lo que sería la batalla legal y ética más emblemática e importante de los últimos 30 años de historia política homosexual chilena. Nadie quedaría indiferente ante la disputa: el Gobierno, el senado y la iglesia se pronuncian respecto al caso.
El 6 de abril de 2004, el diputado de la Democracia Cristiana, Patricio Cornejo, demanda que la jueza se inhabilite de procesos que involucran a las minorías sexuales, pues señala que Atala habría liberado en marzo del mismo año al presidente de la organización de Transgéneros Traves - Aconcagua, Rodrigo López, acusado de violar a un menor; confundiendo así a la opinión pública e intentando denostar la imagen de rectitud de la jueza Atala.
Frente a estos hechos, Atala, a través de un comunicado, emite su primera versión oficial de los hechos a la prensa, pidiendo fin a la exposición pública del caso. A través de un comunicado leído por su abogado Juan Pablo Olmedo, Atala dijo que el cuestionamiento público hacia su persona iniciado tras la filtración del fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que le otorgó la tuición de sus hijas, busca anular su naturaleza maternal, imputación injusta que socava su dignidad y afecta a las menores. Olmedo agregó:
Karen Atala confía en la justicia, que es el ámbito donde se resuelven los conflictos de nuestra sociedad por difíciles que sean. El hecho de ser y asumirse distinta, no altera ni afecta sus sentimientos de amor hacia sus seres más queridos y preciados, sus hijas, lo que le ha dado la fortaleza para obrar con transparencia hacia ellas y su familia.
Por su parte, el director de la Fundación Ideas, Francisco Estévez, quien asumió como vocero de la magistrada, indicó que Atala confía en que la Corte Suprema no acoja el recurso de queja presentado por los abogados de Jaime López, pues tal acción legal tiene una línea prejuiciosa. Al respecto Estévez comunicó:
La parte demandante ha dicho que Karen no puede ser una buena madre, porque ha asumido una identidad sexual lesbiana. El juzgado de Villarrica dijo que ella puede ser una buena madre asumiendo o no asumiendo su identidad sexual lesbiana. Enseguida, la Corte de Apelaciones de Temuco ratificó lo que hizo el juzgado de Temuco.
La lucha jurídica
El 7 de abril de 2004, los magistrados de la Cuarta Sala de la Corte Suprema, José Luis Pérez, Urbano Marín y Orlando Álvarez, resolvieron acoger la orden de no innovar presentada por la defensa del padre de las menores, dando pie a los fundamentos que intentaban demostrar que el hecho de ser lesbiana y vivir en pareja podía afectar la sexualidad de las hijas. La decisión de la Corte Suprema desató el rechazo de organizaciones no gubernamentales (ONG) y agrupaciones lésbicas y homosexuales. Se generan declaraciones de apoyo y el interés de la prensa mundial por el caso. Por su parte, el movimiento homosexual chileno expone la situación de la jueza Atala en la sede de las Naciones Unidas en Ginebra, solicitando la intervención de la Relatoría de Violencia contra la Mujer de la ONU.
El 8 de abril la pareja de la jueza, la profesora Emma de Ramón, da una entrevista exclusiva a La Tercera refiriéndose por primera vez a su relación lésbica y al caso. El 10 de abril la Asociación Nacional de Magistrados solidarizó con la jueza Atala. El 12 de abril la Corte Suprema pide a la Corte de Apelaciones de Temuco diversos informes sobre el proceso de la jueza Atala y respecto a la maternidad lésbica para definir su fallo. El 19 de abril el grupo “Católicas por el Derecho a Decidir”, organiza en la Quinta Región una manifestación pacífica de apoyo a la jueza Atala. El 17 de mayo la Corte Suprema escucha los alegatos de los abogados de la jueza, Julián López, y del padre de las menores, Alfredo Morgado.
Finalmente y contra todos los pronósticos que favorecen a la mujer en disputas por tuición de hijos e hijas, el 31 de mayo de 2004, la Corte Suprema de Chile acoge el recurso de queja presentado por Jaime López, pasando las menores a la tuición de su padre con los votos favorables de los jueces José Luis Pérez, Urbano Marín y Jorge Medina y el rechazo de los magistrados José Benquis y Orlando Álvarez. La determinación es considerada histórica por cuanto por primer vez la Corte Suprema debió pronunciarse respecto a la maternidad lésbica, marcando un precedente que para las minorías sexuales organizadas es nefasto y que para la Comisión de Derechos Humanos del Senado es una muestra de lo poco preparado que está Chile para solucionar conflictos valóricos.
El dictamen
Para definir su postura, la Corte Suprema debió analizar diversos estudios respecto a los hijos de padres y madres homosexuales. Los informes vistos provenían del Servicio Médico Legal, la Organización Panamericana de la Salud, el Departamento de Sicología de la Universidad de Chile, la Facultad de Educación de la Pontificia Universidad Católica, el Departamento de Derechos Humanos de la Cancillería, el Servicio Nacional de la Mujer y el Ministerio Secretaría General de Gobierno, la cual tuvo entre sus fuentes al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual y al Movimiento Unificado de Minorías Sexuales. Los reportes de todas esas instituciones coincidieron en que no existe incompatibilidad entre ser madre y lesbiana. La excepción fue el informe de una psicóloga pedido por el padre de las menores, según el cual una de las niñas presentaba problemas en la identificación de los roles sexuales.
Sin embargo, aún cuando la mayoría de las pruebas científicas favorecían a la madre, la Cuarta Sala estimó que las menores deben ser cuidadas por su padre por cuanto el ambiente ofrecido por la madre pone en riesgo el desarrollo de las niñas.
A juicio de la Corte Suprema:
No merece reprobación o reproche jurídico alguno, el hecho de que Atala tomara la decisión de explicitar su condición de homosexual, como puede hacerlo libremente toda persona en el ámbito de sus derechos personalísimos en el género sexual. Sin embargo, no es posible desconocer que la visibilización de la orientación sexual de la madre implicó que ella antepuso sus propios intereses, postergando el de sus hijas, especialmente al iniciar una convivencia con su pareja en el mismo hogar en que lleva a efecto la crianza de las menores.
El máximo tribunal agregó que:
Aparte de los efectos que esa convivencia puede causar en el bienestar y desarrollo psíquico y emocional de las hijas, atendida sus edades, la eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores respecto de la cual deben ser protegidas.
La Corte Suprema añadió que la convivencia entre Atala y su pareja:
Sitúa a las menores en un estado de vulnerabilidad en su medio social, pues es evidente que su entorno familiar excepcional se diferencia significativamente del que tienen sus compañeros de colegio y relaciones de la vecindad en que habitan, exponiéndolas a ser objeto de aislamiento y discriminación que igualmente afectará a su desarrollo personal.
Las reacciones
Al conocer el fallo, el abogado de Jaime López, Alfredo Morgado, expresó su satisfacción porque: se ha cautelado los intereses de las tres menores, se les ha protegido y creemos que el mejor medio para que ellas se desarrollen, crezcan y se conozcan a sí mismas, es justamente a través del medio que les proporciona el padre.
En evidente discordancia y en representación de la jueza, Francisco Estévez de la Fundación Ideas, calificó el fallo como denegación de justicia y primitivismo judicial. Estévez consideró también que el dictamen contradice la historia de la Corte Suprema en materia de derechos maternales y sólo es explicable por el prejuicio desencadenado luego que Karen Atala asumiera públicamente su orientación sexual.
Por otra parte, el 1º de junio, organizaciones lésbicas y homosexuales, realizan una manifestación en el frontis del Palacio de Tribunales en Santiago. Junto con la manifestación y al calor de los acontecimientos, el 29 de junio, Emma de Ramón y otras madres lesbianas, crearon la organización Las Otras Familias, buscando defender los derechos de las madres lesbianas. El 25 de septiembre de 2004, la jueza Atala y Emma de Ramón participaron de la marcha del Orgullo Gay / Lésbico / Transexual de Chile que recorrió las principales calles de Santiago.
La valentía de Karen Atala y el proceso que vivió fue objeto de diversos apoyos internacionales. La Red Iberoamericana de Jueces, compuesta por magistrados de Haití, Nicaragua, El Salvador, Perú, Argentina, Brasil, Bolivia, España, Honduras y Chile, anunció su solidaridad, expresando su más profunda preocupación por la discriminación arbitraria de la que fue víctima la jueza. Con el fallo se omitieron garantías judiciales expresas contenidas en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Aunque la RIJ explicitó su respeto a la independencia de los jueces, resaltó la importancia del debido proceso, lo cual a su juicio no ocurrió en el polémico fallo.
Junto con expresar su preocupación por la resolución de la Corte Suprema, la entidad advirtió que observará y dará seguimiento a este caso en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde la jueza Atala finalmente estampó la denuncia con el respaldo de abogados de Libertades Públicas, la Clínica de Asuntos de Interés Público de la Universidad Diego Portales (UDP), la Fundación Ideas, la Corporación Humanas y los importantes Amicus Curiae o informes en derecho, que respaldan jurídicamente los fundamentos de las denuncias respecto de cada uno de los derechos vulnerados en la sentencia de la Corte Suprema de Chile.
El 24 de noviembre de 2004, Karen Atala Riffo demanda al Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por considerar que varios de sus derechos y los de sus hijas fueron quebrantados por la Corte Suprema. La demanda fue interpuesta en Washington, asumiendo la vocería de la magistrada Francisco Estévez, hasta que esta comenzó a ser representada públicamente por su pareja, Emma de Ramón.
Salida amistosa
Felipe González, abogado de la Universidad Diego Portales, adelantó a la prensa que la demanda contra el Estado chileno tiene altas probabilidades de ser exitosa, porque responde a las exigencias de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Sin embargo, señaló que al margen de ello la jueza no tendría inconvenientes en llegar a un acuerdo previo con el Estado de Chile.
En este, como en otros casos que se tramitan ante el sistema americano, es posible llegar a un arreglo o solución amistosa. En los últimos años, el Estado chileno ha tenido una mayor disposición, lo que significa no tener el caso a lo largo de toda su tramitación, dijo González.
Por su parte, el jurista de Libertades Públicas, Antonio Bascuñan, insistió en que en el fallo de la Corte Suprema existe: un prejuicio discriminatorio en relación con la orientación de la denunciante, quizás porque la Corte recoge prejuicios sociales existentes. Cualquiera de las dos alternativas (...) es inaceptable ante la Convención.
La demanda presentada fue sometida a diversos análisis de sus abogados, quienes debieron cumplir requisitos mínimos exigidos por la CIDH para ser visto y analizado el caso. En forma rigurosa Atala y sus abogados detallaron completamente los hechos, con fechas y responsables, identificaron a testigos y aportaron pruebas (expedientes judiciales, filmaciones e informes periciales psicológicos) favorables a la demanda. De igual manera especificaron las acciones judiciales cursadas en Chile, demostrando que en el país se habían agotado las diligencias, así como las respuestas al caso recibida por parte de las autoridades locales. Atala y sus representantes debieron además, evidenciar de qué manera la pérdida de tuición de las tres menores constituyó un peligro para la integridad o salud de la magistrada y sus hijas y argumentar cuales normas de la Convención Americana de Derechos Humanos fueron violentadas con el fallo de la Corte Suprema.
Una de las normas que Atala alega fue violentada por el mencionado fallo, fue el artículo 1º de la Convención de Derechos Humanos, según la cual los Estados partes de ese documento se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Otros artículos quebrantados por el fallo de la Corte Suprema, serían:
El artículo 5º, dice que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
El artículo 11º, que garantiza a toda persona: el respeto de su honra y el reconocimiento de su dignidad. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación. Todos tienen derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
El artículo 12º, que asegura: el derecho a la libertad de conciencia y religión. La norma agrega que: nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias. (...) Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
El artículo 13º, de acuerdo al cual: toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito, en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento.
El artículo 19º, que garantiza a todo niño o niña, el derecho: a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.
El artículo 24º, para el cual: todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.
Atala en Washington
Cumplidos los requisitos establecidos por la CIDH, el organismo internacional empezó la tramitación de la denuncia. De ser declarada admisible, se demandará al Estado de Chile ante la Corte Internacional, la que podría fallar a favor o en contra del Estado. En el último escenario, el Estado de Chile deberá adecuar la legislación interna a los estándares internacionales para proteger, reparar y garantizar la no repetición de otros actos discriminatorios. Eventualmente, las hijas podrían quedar bajo la custodia de la madre y se podrían reclamar y recibir actos reparatorios.
Sea cual sea la resolución de la Corte, esta es definitiva e inapelable. En caso de desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la Corte lo interpretará a solicitud de cualquiera de las partes, siempre que dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la fecha de la notificación del fallo, indica el reglamento de la Comisión de Derechos Humanos. La CIDH, con sede Washington, y la Corte Interamericana, con sede en San José de Costa Rica, son los dos cuerpos del sistema interamericano de protección y promoción de los Derechos Humanos en las Américas.
En declaraciones para la revista virtual lésbica Rompiendo el Silencio, Macarena Sáez, una de las abogadas de Karen Atala, explicó los términos de una posible salida amistosa:
En términos generales, la propuesta contempla la solicitud de reforma legislativa que garantice en la mayor medida posible que la orientación sexual, así como la raza o el género, entre otras calidades del padre o la madre, no podrán ser tomadas en cuenta per se como elementos para determinar la tuición de los hijos. Además, la propuesta contempla medidas de políticas públicas así como de reparación simbólica y monetaria.
Respecto de las implicancias sociales y culturales de un fallo favorable a Karen Atala, Sáez señaló:
Que el Estado haya tenido la disposición de sentarse a negociar con nosotros, es un signo importante de avance hacia un reconocimiento de su responsabilidad internacional por la decisión de la Corte Suprema. En todo caso, lo más importante es que en Chile se den las garantías suficientes para que nunca más una persona homosexual o lesbiana se vea obligada a decidir entre vivir honestamente su identidad sexual o ser padre o madre.
Inédito testimonio: La Carta de Karen Atala
Más allá de la decisión que deberán tomar los magistrados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, resta el testimonio exclusivo de Karen Atala que representa los casos de muchas madres lesbianas en Chile y en América Latina.
Debo comenzar contándoles quien soy:
Soy una mujer, soy nieta de emigrantes palestinos, por ende, tengo sangre semita, soy abogada de profesión, soy jueza por oficio, soy madre y soy lesbiana. Todas estas cosas soy yo, y muchas más que me definen en mi esencia y calidad de persona humana.
Sin embargo, una de las tantas cualidades que me definen fue estimada perjudicial para criar junto a mi seno a mis tres pequeñas hijas. Cualidad que tiene que ver con mi orientación sexual. Mis hijas por orden de la Excma. Corte Suprema de mi país deben vivir con su padre sencillamente porque no soy lo que ellos pretenden que sea una mujer. Pudo habérseme privado a mis hijas por tener sangre semita… Pudo habérseme privado de tener a mis hijas por ser Jueza del crimen y de dedicarle mucho tiempo a mi trabajo, pero no fue así. Fui privada de mis hijas y a ellas se les privó de ser criadas, mimadas, cuidadas por su madre, como siempre lo había sido desde su nacimiento, porque simplemente se miró una sola de mis características: el de ser lesbiana. Nuestro amor y unión familiar no tenía nada que envidiarle a cualquier otra.
En el desarrollo del juicio pude haber mentido y negarlo, sin embargo, como jueza mi primer deber ético es ser veraz al dar un testimonio. Les hubiera ahorrado mucho dolor a mis hijas y a mí como madre si hubiera mentido. Sin embargo, no me gusta mentir. Es el mundo al revés, se sanciona a quien dice la verdad, se castigan a las niñas inocentes.
Mi persona fue violentada en innumerables situaciones, a propósito del proceso. Sumario administrativo, donde se me revisó mi computador personal, se llamó a todos los funcionarios del Tribunal donde servía para indagar si la jueza Atala era efectivamente lesbiana. Se indagó por mis superiores jerárquicos en la comunidad donde vivía junto a mis hijas, de manera que mi vida privada fue expuesta de manera pública y deshonrosa. Mientras en el proceso por tuición se ponía en duda mi calidad de madre, a la par que se solicitan informes al Servicio de Salud y a la O.M.S para saber si una madre por medio de los besos podría transmitirles supuestos herpes vaginales a sus hijas. Fui vejada, humillada, violentada en mi vida privada, honra y dignidad de mujer, jueza y madre. Ese dolor y humillación ha significado hasta hoy mi estigmatización al interior del Poder Judicial.
La temprana separación de Regina (3 años), Victoria (4 años) y Matilde (8 años) ha causado sus estragos, en ellas y en mí. ¿Cómo explicarles que su madre no ha cometido delito? ¿Cómo explicarles que su madre a quien aman fue castigada por tener una cualidad distinta a las otras madres?
No hay respuesta. Sólo dolor. Dolor cada día desde que me levanto hasta que cierro mis ojos para dormir. Saber que cada oportunidad de estar con ellas compartiendo por derecho de visitas es revivir el dolor de la separación. Me cuesta ver regularmente a mis hijas por otra de mis cualidades, ser jueza del crimen y por tener turnos semanales de intenso trabajo. También por vivir a 800 kilómetros de distancia de ellas. Cómo me gustaría poder estar más presente en el día a día de sus vidas, sin embargo, ellas diariamente están sometidas a una eliminación de mi imagen; recuerdo cuando Matilde y Regina iban ser intervenidas quirúrgicamente por amigdalectomía, con anestesia general, sin mi conocimiento. Y en otra ocasión en que durante un fin de semana, Victoria estaba muy resfriada y con fiebre, sinusitis me dijo el padre. Neumonía me develó la profesora al contestarme un mail que le envié.
En fin, ejemplos de dolores mutuos hay muchos, permítanme leerles unos párrafos de cartas que les escribo a mis hijas, para no perder la noción del dolor por el que se sufre. El primero es a propósito de una conversación telefónica sostenida con las dos menores; “Reginita, no estabas contenta, me volviste a pedir querer estar contigo, igual que yo lo deseo cada día. Pero no sueño contigo ni con tus hermanas. El tiempo me ha quitado a Uds. Tres de mis sueños. Durante las vacaciones de invierno me dijiste que siempre ibas a estar junto a mí. Hoy reafirmaste tu promesa, al decirme que cuando yo muera de viejita, tú también te ibas a morir y al fin podríamos volver a estar juntitas. No pude hablar con Matilde por estar en campamento de scout, ni saber de cómo le fue en su tarea del colegio sobre su genealogía, ni la cara que habría puesto su campanerito Tarek al saber que tus ancestros también vienen de Palestina. Arreglé el móvil de vidrio fundido que fue el regalo de bautizo de Victoria, bautizada bajo los ritos ortodoxos, cuyas piezas se han ido rompiendo con los cambios de casa. Ahora repuse las tres estrellas de David que le faltaban, lo armé y colgué en el patio y suena con el viento…”
En otra carta, fechada el 19 de noviembre pasado; “Anoche tuve un sueño con Uds., Reginita corría a mis brazos contenta diciendo “mami estás aquí”, al instante que yo la abrazaba y alzaba contestándole “aquí estoy no me he ido, dije que volvería y volví” Victoria se veía atrás contenta…. Sin embargo, las leyes injustas, interpretadas por hombres indolentes y temerosos de que su orden se caiga, me han impedido estar con Uds., me han impedido besar y regalonearte Victoria Paz, hija de mi adoración, Igual que a ti Matildita, hija del matrimonio ilusión y Reginita hija de mi madurez. Contigo cerré un ciclo y empecé otro. El de mi vida personal, el de ser feliz. Jamás pensé que el precio de mi felicidad iba a pagarse con la lejanía de Uds., de perderme como crecen, la caída del primer diente de Victoria, de sus primeras letras. Del paso de Matildita a jovencita y Reginita, mi diablilla indomable, por quien aún mantengo la esperanza de recuperarte.
A pesar que les están enseñando una religión bajo la cual no las bauticé y que tiene un concepto especial de la imagen de madre, a pesar que la semana pasada esperé toda una mañana para ver a Regina asistir a su primer día de clases en su vida, a pesar de todo este dolor, creo que la Corte Suprema en su concepto de “protegerlas y darles la posibilidad de desarrollarse en una familia socialmente aceptada” no dimensionó el dolor que iba a producir y que está produciendo, la discriminación que están sufriendo mis hijas al saber que su madre es distinta. Ni se representó siquiera, la enorme discriminación que se me ha hecho, porque sigo siendo mujer, de sangre semita, abogada, jueza, madre y lesbiana.
Karen Atala Riffo, Washington D.C, 7 de marzo de 2006.
Foto: Karen Atala Riffo (de negro), acompañada de su ex pareja, presidenta de la desaparecida Agrupación "Las Otras Familias", historiadora Emma de Ramón.
En términos generales, la propuesta contempla la solicitud de reforma legislativa que garantice en la mayor medida posible que la orientación sexual, así como la raza o el género, entre otras calidades del padre o la madre, no podrán ser tomadas en cuenta per se como elementos para determinar la tuición de los hijos. Además, la propuesta contempla medidas de políticas públicas así como de reparación simbólica y monetaria.
Respecto de las implicancias sociales y culturales de un fallo favorable a Karen Atala, Sáez señaló:
Que el Estado haya tenido la disposición de sentarse a negociar con nosotros, es un signo importante de avance hacia un reconocimiento de su responsabilidad internacional por la decisión de la Corte Suprema. En todo caso, lo más importante es que en Chile se den las garantías suficientes para que nunca más una persona homosexual o lesbiana se vea obligada a decidir entre vivir honestamente su identidad sexual o ser padre o madre.
Inédito testimonio: La Carta de Karen Atala
Más allá de la decisión que deberán tomar los magistrados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, resta el testimonio exclusivo de Karen Atala que representa los casos de muchas madres lesbianas en Chile y en América Latina.
Debo comenzar contándoles quien soy:
Soy una mujer, soy nieta de emigrantes palestinos, por ende, tengo sangre semita, soy abogada de profesión, soy jueza por oficio, soy madre y soy lesbiana. Todas estas cosas soy yo, y muchas más que me definen en mi esencia y calidad de persona humana.
Sin embargo, una de las tantas cualidades que me definen fue estimada perjudicial para criar junto a mi seno a mis tres pequeñas hijas. Cualidad que tiene que ver con mi orientación sexual. Mis hijas por orden de la Excma. Corte Suprema de mi país deben vivir con su padre sencillamente porque no soy lo que ellos pretenden que sea una mujer. Pudo habérseme privado a mis hijas por tener sangre semita… Pudo habérseme privado de tener a mis hijas por ser Jueza del crimen y de dedicarle mucho tiempo a mi trabajo, pero no fue así. Fui privada de mis hijas y a ellas se les privó de ser criadas, mimadas, cuidadas por su madre, como siempre lo había sido desde su nacimiento, porque simplemente se miró una sola de mis características: el de ser lesbiana. Nuestro amor y unión familiar no tenía nada que envidiarle a cualquier otra.
En el desarrollo del juicio pude haber mentido y negarlo, sin embargo, como jueza mi primer deber ético es ser veraz al dar un testimonio. Les hubiera ahorrado mucho dolor a mis hijas y a mí como madre si hubiera mentido. Sin embargo, no me gusta mentir. Es el mundo al revés, se sanciona a quien dice la verdad, se castigan a las niñas inocentes.
Mi persona fue violentada en innumerables situaciones, a propósito del proceso. Sumario administrativo, donde se me revisó mi computador personal, se llamó a todos los funcionarios del Tribunal donde servía para indagar si la jueza Atala era efectivamente lesbiana. Se indagó por mis superiores jerárquicos en la comunidad donde vivía junto a mis hijas, de manera que mi vida privada fue expuesta de manera pública y deshonrosa. Mientras en el proceso por tuición se ponía en duda mi calidad de madre, a la par que se solicitan informes al Servicio de Salud y a la O.M.S para saber si una madre por medio de los besos podría transmitirles supuestos herpes vaginales a sus hijas. Fui vejada, humillada, violentada en mi vida privada, honra y dignidad de mujer, jueza y madre. Ese dolor y humillación ha significado hasta hoy mi estigmatización al interior del Poder Judicial.
La temprana separación de Regina (3 años), Victoria (4 años) y Matilde (8 años) ha causado sus estragos, en ellas y en mí. ¿Cómo explicarles que su madre no ha cometido delito? ¿Cómo explicarles que su madre a quien aman fue castigada por tener una cualidad distinta a las otras madres?
No hay respuesta. Sólo dolor. Dolor cada día desde que me levanto hasta que cierro mis ojos para dormir. Saber que cada oportunidad de estar con ellas compartiendo por derecho de visitas es revivir el dolor de la separación. Me cuesta ver regularmente a mis hijas por otra de mis cualidades, ser jueza del crimen y por tener turnos semanales de intenso trabajo. También por vivir a 800 kilómetros de distancia de ellas. Cómo me gustaría poder estar más presente en el día a día de sus vidas, sin embargo, ellas diariamente están sometidas a una eliminación de mi imagen; recuerdo cuando Matilde y Regina iban ser intervenidas quirúrgicamente por amigdalectomía, con anestesia general, sin mi conocimiento. Y en otra ocasión en que durante un fin de semana, Victoria estaba muy resfriada y con fiebre, sinusitis me dijo el padre. Neumonía me develó la profesora al contestarme un mail que le envié.
En fin, ejemplos de dolores mutuos hay muchos, permítanme leerles unos párrafos de cartas que les escribo a mis hijas, para no perder la noción del dolor por el que se sufre. El primero es a propósito de una conversación telefónica sostenida con las dos menores; “Reginita, no estabas contenta, me volviste a pedir querer estar contigo, igual que yo lo deseo cada día. Pero no sueño contigo ni con tus hermanas. El tiempo me ha quitado a Uds. Tres de mis sueños. Durante las vacaciones de invierno me dijiste que siempre ibas a estar junto a mí. Hoy reafirmaste tu promesa, al decirme que cuando yo muera de viejita, tú también te ibas a morir y al fin podríamos volver a estar juntitas. No pude hablar con Matilde por estar en campamento de scout, ni saber de cómo le fue en su tarea del colegio sobre su genealogía, ni la cara que habría puesto su campanerito Tarek al saber que tus ancestros también vienen de Palestina. Arreglé el móvil de vidrio fundido que fue el regalo de bautizo de Victoria, bautizada bajo los ritos ortodoxos, cuyas piezas se han ido rompiendo con los cambios de casa. Ahora repuse las tres estrellas de David que le faltaban, lo armé y colgué en el patio y suena con el viento…”
En otra carta, fechada el 19 de noviembre pasado; “Anoche tuve un sueño con Uds., Reginita corría a mis brazos contenta diciendo “mami estás aquí”, al instante que yo la abrazaba y alzaba contestándole “aquí estoy no me he ido, dije que volvería y volví” Victoria se veía atrás contenta…. Sin embargo, las leyes injustas, interpretadas por hombres indolentes y temerosos de que su orden se caiga, me han impedido estar con Uds., me han impedido besar y regalonearte Victoria Paz, hija de mi adoración, Igual que a ti Matildita, hija del matrimonio ilusión y Reginita hija de mi madurez. Contigo cerré un ciclo y empecé otro. El de mi vida personal, el de ser feliz. Jamás pensé que el precio de mi felicidad iba a pagarse con la lejanía de Uds., de perderme como crecen, la caída del primer diente de Victoria, de sus primeras letras. Del paso de Matildita a jovencita y Reginita, mi diablilla indomable, por quien aún mantengo la esperanza de recuperarte.
A pesar que les están enseñando una religión bajo la cual no las bauticé y que tiene un concepto especial de la imagen de madre, a pesar que la semana pasada esperé toda una mañana para ver a Regina asistir a su primer día de clases en su vida, a pesar de todo este dolor, creo que la Corte Suprema en su concepto de “protegerlas y darles la posibilidad de desarrollarse en una familia socialmente aceptada” no dimensionó el dolor que iba a producir y que está produciendo, la discriminación que están sufriendo mis hijas al saber que su madre es distinta. Ni se representó siquiera, la enorme discriminación que se me ha hecho, porque sigo siendo mujer, de sangre semita, abogada, jueza, madre y lesbiana.
Karen Atala Riffo, Washington D.C, 7 de marzo de 2006.
Foto: Karen Atala Riffo (de negro), acompañada de su ex pareja, presidenta de la desaparecida Agrupación "Las Otras Familias", historiadora Emma de Ramón.
2 comentarios:
Pucha, que dificil yo no tengo nada contra ninguna persona en particular pero mi intuición me dice que las niñas y niños deben ser formados y educados por sus padres. Lo que no entiendo es porque esto no puede hacerse en este caso. Las niñas pueden vivir aqui o allà, pero la madre seguira siendo la madre y asi mismo el padre, y ambos deben cumplir con su rol.
hola buenas lamento mucho lo ocurrido,me gustaria comunicarme contigo,estoy viviendo algo parecido y la verdad no se que hacer,por favor si pudieras darme los pasos legales a seguir estoy desesperada.gracias
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